Objeto, beneficiarios, solicitudes, documentación y procedimiento:
OBJETO. El objeto de esta Ordenanza es regular las Ayudas para Adquisición de Libros y Material Curricular para Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obliga-toria, Bachillerato o similares, en los centros fi nanciados con fondos públicos.
SOLICITANTES. Podrá solicitar esta ayuda el padre/la madre o tutor legal de aquellos alum-nos matriculados en cualquiera de los planes de estudios siguientes: educación infantil, educa-ción primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o similares en los centros fi nan-ciados con fondos públicos y que estén empadronados en este municipio.
DOCUMENTACIÓN. Instancia dirigida al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Potes, que se facilitará en el Registro Municipal. Dicha solicitud será suscrita por el padre/la madre/el tutor del alumno. Copia Compulsada del Documento Nacional de identidad o de la Tarjeta de Residencia del Solicitante, Libro de Familia o en su caso resolución acreditativa de la patria potestad. Certifi cado de estar al corriente en las obligaciones tributarias, Seguridad Social y tributos municipales Certifi cado de matrícula del Centro Escolar. Factura en regla, expedida a nombre del padre/madre/tutor del coste de adquisición de libros de texto, material escolar, u otros gastos vinculados a los estudios incluida la cuota de Banco de recursos educativos. El importe concedido no podrá superar la cuantía debidamente justifi cada a través de facturas. Copia de la declaración de la renta del ejercicio anterior de los miembros que constituyan la unidad familiar. Cuando no se disponga de Declaración de la Renta se aportará certifi cado negativo de la Agencia Tributaria. Título de Familia Numerosa o acreditación ofi cial de minusvalía en su caso. La Administración se reserva el derecho de solicitar información complementaria cuando así lo requiera el expediente, así como utilizar la propia base de datos municipal. Será imprescindible la aportación de fi cha de terceros con cuenta de banco para el ingreso de la ayuda. Las solicitudes formuladas serán completadas de ofi cio con el certifi cado de empadronamiento de quienes deban de estarlo, según lo dispuesto en el artículo 2 de esta ordenanza.
El PLAZO DE PRESENTACIÓN de solicitudes dirigidas al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Potes, será de un 1 mes a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de convo-catoria en el Boletín Ofi cial de Cantabria; acompañando a la solicitud los documentos indicados en la convocatoria (Las instancias estarán a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de Potes, calle San Roque, nº 7, 39570 Potes).
Potes, 21 de septiembre de 2020.
El alcalde-presidente,
Francisco Javier Gómez Ruiz.










